GENS IUNIA Crawford 337-3
Ley ./en el exergo: LD. SILANVS. L.F./ ROMA
GENS IUNIA
La gens Junia o Iunia era una de las familias más célebres de la Antigua Roma. Originalmente fue de origen patricio, pero perdió su rango después del atentado de Lucio Junio Bruto sobre Tarquinio el soberbio, siendo por tanto una gens plebeya desde entonces. La familia era prominente en los últimos días de la monarquía romana. Lucio Junio Bruto era sobrino de Tarquinio el Soberbio, el séptimo y último rey de Roma. Tras la expulsión de los Tarquinios en 509 a. C., se convirtió en fundador de la república romana y en uno de sus primeros cónsules.
Existen dudas sobre la categoría patricia o plebeya de la gens, al menos durante los primeros tiempos de la república, puesto que a su prominencia ya desde la fundación de la república se une el hecho de que varios cónsules pertenecieron a esta gens, sin embargo, los plebeyos no pudieron acceder al consulado hasta la aprobación de las leyes Liciniae-Sextiae en el 367 a.C.
Los cognomina más utilizados por esta gens son Bruto, Bubulco, Gracano, Norbano, Pacioecus, Pera, Pullus y Silanus, aunque el cognomen Brutus es el más frecuente e ilustre. Brutus significa en latín estúpido, bobo, y procede del hecho de que Lucius Junius Brutus fingió ser estúpido para escapar de la persecución de Tarquinio el soberbio.
Nuestro monedero es un sujeto desconocido, a Decimus Junius Silanus Lucii Filius solo lo conocemos por las monedas que emitió puesto que no es mencionado por los historiadores antiguos y no puede ser D. Silanus, pretor en el 70 a.C y cónsul en el 62 a.C porque el nombre de su padre era Marcus y no Lucius. Por tanto, se desconoce cualquier dato sobre este personaje aparte del hecho de que obtuvo el cargo de tresviri monetalis durante la época de la guerra de los aliados.
Iunius, el nomen de la gens, puede estar etimológicamente conectado con la diosa Juno, de quien también deriva el mes de junio [1,2].
CRONOLOGÍA
Decimus Iunius Silanus (Lucii Filius) ejerció la magistratura de tresviri monetalis durante el periodo del Bellum Marsicum o guerra de los aliados, de ahí el gran tamaño de su emisión.
Babelon y Grueber piensan que ejerció las funciones de funcionario monetario hacia el año 89-88 a.C, como indujo Borghesi de las monedas que llevan E. L. P, que el tradujo como Ex lege Papiria. La ley Plautia Papiria contenía, entre otras cosas, disposiciones relativas a las monedas. Los lingotes de la reserva de metal del erario público tuvieron que ser convertidos en dinero para afrontar los gastos de la guerra. Es a esta circunstancia a la que debemos el conocimiento de que esta reserva, en el 89 a.C ascendía a 17410 libras de oro, 22070 libras de plata en lingotes, y 6.135.400 sestercios (=18230 libras) en monedas de plata. Estos lingotes fueron acuñados y Decimus Iunius Silanus recibió el encargo de gestionar esta emisión [1,2].
Crawford difiere de esta cronología basándose en varios argumentos. El autor indica que las emisiones nº 337 y 340-44 aparecen juntas en el tesoro Fiesole, un número de piezas de los hallazgos ayudan a establecer su orden relativo. El tesoro Hoffmann contiene solamente las emisiones de D. Silanus y L. Piso Frugi, el tesoro Fuscaldo sólo acapara las emisiones de Q. Titius y C. Vibius Pansa; el tesoro Fiesole sólo tiene dos de los tres tipos de L. Titurius Sabinus, lo que sugiere que su emisión es la última de las seis. La cronología absoluta es más compleja. La emisión de M. Cato es copiada en una emisión italiana de la guerra social con leyenda latina, por tanto, del 89 a.C o más temprana.
Dos organizaciones son teóricamente posibles:
91 | D. Silanus |
90 | L. Piso Frugi |
Q. Titius | |
C. Vibius Pansa | |
89 | M. Cato |
L. Titurius Sabinus |
o:
90 | D. Silanus |
L. Piso Frugi | |
89 | Q. Titius |
C. Vibius Pansa | |
M. Cato | |
88 | L. Titurius Sabinus (y otros). |
Por otro lado, Crawford no considera creíble que el tribunado de M. Livius Drusus en el año 91 a.C no estuviera acompañado de una acuñación.
Uno de los objetivos de la ley Plautia Papiria parece haber sido autorizar la producción de series de bronce con un peso estándar de media onza en lugar de una onza. Un segundo propósito parece haber sido revivir el sestercio, que llevaba más de un siglo sin emitirse. Todas estas disposiciones parecen incidir en la reducción de las reservas del erario público como consecuencia de los enormes gastos de la guerra de los aliados [3].
CONTEXTO
La administración y, sobre todo, el sistema impositivo de las provincias se encontraba en manos de los publicani ecuestres. Sus extorsiones eran un azote para los provinciales, impotentes ante la acción de los caballeros. Los gobernadores senatoriales poco podían hacer frente a la rapiña que ejercían las poderosas compañías, menos aún, cuando el orden ecuestre controlaba las quaestiones criminales. A la vuelta de una legación oficial procedente de Asia, presidida por Escauro, éste denunció la situación y propuso el envío de un gobernador que estableciera las reformas necesarias para acabar con los abusos. La elección recayó en Q. Mucio Escévola, ligado como Escauro, a la factio Metella, al que se le asignó el legado P. Rutilio Rufo. Tras el regreso de Rutilio en 92 a.C, el legado fue llevado a los tribunales bajo la acusación infundada de extorsión a los provinciales. Fue condenado al exilio, eligiendo como destino, la misma provincia sobre la que había actuado, Asia. La condena escandalosa de Rutilio puso el foco sobre los iudices Gracchani ecuestres. Fue en este contexto, cuando entró en escena M. Livio Druso, joven aristócrata aupado por la factio Metella con el propósito de reformar los tribunales en poder de los caballeros. El tribuno ejecutó medidas populares que fueron contestadas por el orden ecuestre y por parte del senado, pero el apoyo de la factio Metella, consiguió mantener la viabilidad del proyecto. En algún momento de su tribunado, Livio Druso incluyó en su programa la concesión de ciudadanía a los aliados itálicos. El tribuno conocía los problemas y frustraciones de los aliados de primera mano del prínceps italicorum Popedio
Sidón. La inclusión de los socii itálicos en el cuerpo ciudadano romano era una de las más urgentes y difíciles tareas a las que se enfrentaba un reticente estado, que terminó por retirar cualquier posible apoyo que pudiera tener Livio Druso. El senado invalidó sus leyes y pocos días después murió asesinado. La eliminación del tribuno supuso la última oportunidad para los aliados de diálogo con el estado romano. El culmen de la torpeza romana vino de la mano del pretor Q. Servilio, con su provocación a los habitantes de Asculum, que desembocó en la muerte del embajador y de todos los romanos de la ciudad. El senado hizo responsable a las comunidades itálicas y, cuando una comisión de las mismas intentó plantearle las viejas aspiraciones aliadas, se advirtió que las posturas eran irreconciliables. El camino a la guerra estaba expedito [4].
Este enfrentamiento se integra dentro de los diversos problemas que afectaban a Roma a inicios del s. I a.C. Roma había pasado de ser una ciudad-estado a un imperio sin apenas haber cambiado sus leyes e instituciones. Durante este tiempo, las comunidades itálicas descubrieron a su pesar que, simplemente, eran súbditos de Roma, obligadas a mantener un estado a base de impuestos y capital humano que únicamente beneficiaba a los ciudadanos romanos. Estos hechos tuvieron como consecuencia la extensión entre los aliados itálicos de la idea de obtener la ciudadanía romana para participar en los beneficios de contribuir al estado.
La poca visión de los políticos romanos empujó a los aliados a una guerra civil que se cobró cientos de miles de vidas y una gran parte de los recursos económicos de Italia. Roma obtuvo la victoria militar, pero sólo después de reconocer su derrota política, es decir, el reconocimiento a los aliados itálicos al derecho de ciudadanía romana con la aprobación de la lex Plautia Papiria.
Fue en este inicio de la guerra de los aliados, Bellum Marsicum o Italicum, cuando Decimus Iunius Silanus (Lucii Filius) acuñó la emisión que nos ocupa [5].
REPRESENTACIÓN
ANVERSO: Cabeza de Roma a der., detrás letra: D. (invertida)
A Decimus Iunius Silanus solo lo conocemos por la extensa emisión que realizó como tresviri monetalis hacia 91-90 a.C. Decimo Junio Silano emitió tres series de denarios con anversos diferentes, siendo la primera vez que se produce tal variedad de un único emisor. La primera serie contiene la cabeza de Roma, representación muy frecuente en toda la amonedación republicana con una letra del alfabeto latino, a veces de forma inversa. En combinación con todos los troqueles de reverso nos indica que se trata de una emisión muy extensa, mucho mayor que las otras dos series que emitió.
La serie con el anverso con la máscara de Sileno hace alusión a su propio cognomen y la otra serie contiene el busto de Salus, que hace alusión a la dedicación de un templo a esa divinidad debido a la victoria que obtuvo sobre los samnitas el dictador Cayo Junio Bubulco Bruto cerca de Bovianum, a consecuencia de lo cual se le concedió un triunfo [1,2].
REVERSO: Victoria en biga a der., encima número: X
Ley ./en el exergo: D. SILANVS. L.F./ ROMA
En el reverso de las tres series de denarios que emitió Decimus Iunius Silanus se representa el mismo motivo, Victoria en una biga. Presenta una marca de control numérica que va del I al XXX. El motivo del reverso puede hacer alusión a dos acontecimientos históricos. Grueber indica que al igual que el busto de Salus, la biga hace alusión a la victoria del dictador Cayo Junio Bubulco Bruto sobre los samnitas en el 302 a.C por la que obtuvo un triunfo. Babelon, por el contrario, se inclina porque el reverso hace alusión a los éxitos de Marco Junio Silano durante la Segunda Guerra Púnica [2,3]. En cualquier caso, la victoria en biga hace alusión a los éxitos de los antepasados de la gens Iunia.
BIBLIOGRAFÍA
[1] Babelon E. Description Historique Et Chronologique Des Monnaies de la République Romaine. Vol 1. 1885.
[2] Grueber H. A. A Catalogue of The Roman Coins in The British Museum. Vol 1. 1910.
[3] Crawford M. H. Roman Republican Coinage. Vol 1. 1974.
[4] Roldán J. M. Historia de Roma. La República Romana. 1982.
[5] Valverde L. A. El toro contra la loba. 2016.